La Resolución General 5631/2025, publicada por el ARCA en el Boletín Oficial del 9 de enero de 2025, modifica el límite en kilogramos por envío quedando establecido de la siguiente manera:
“Se podrá importar/exportar por este régimen encomiendas conteniendo mercaderías siempre que el peso de cada paquete o pieza postal, independientemente de cual fuere el peso total del envío, sea de hasta CINCUENTA KILOGRAMOS (50 kg).”
Asimismo, el límite en dólares por envío permanece en us$3.000 en valor FOB.
A su vez, la presente medida modifica el requirimiento de domicilio fiscal electrónico: “Para las operaciones cursadas bajo el régimen establecido en el Título I del Anexo II de la presente, no resultará obligatorio para el destinatario del envío contar con domicilio fiscal electrónico constituido conforme lo previsto en la Resolución General N° 4.280, sus modificatorias y sus complementarias.”
A continuación, adjuntamos el texto completo de la norma para su consulta: