28/07/2017
Sancionan Medida Antidumping para Papel Estucado proveniente de China
El Ministerio de Producción emitió el jueves 19 de julio la Resolución 316-E/2017 por la cual establece una medida antidumping para la importación de papel estucado por la partida NCM 4810.29.10 proveniente de la República Popular de China.
La medida se remonta a una investigación iniciada por la Comisión Nacional de Comercio Exterior sobre la elusión a las medidas antidumping impuestas en su momento por la Resolución Resolución N° 298 a la importación de papel estucado con una composición de las fibras menor o igual al 10%.
En base a las conclusiones dictaminadas por la citada Comisión, el Ministerio de Producción tomó la determinación de aplicar para los despachos a plaza de la posición 4810.29.10 el abono el derecho antidumping ad valorem calculado sobre el valor FOB declarado, toda vez que provengan de la República Popular de China, excluyendo de esta medida las importaciones de la misma posición originarias de Finlandia.