17/02/2015
Secretaría de Industria – Importación temporal de Bienes de Capital
En conexión con la gestión de FAIGA, se ha promulgado la Resolución 1/15 de la Secretaría de Industria.
La resolución 1/ 15 de la Secretaría de Industria establece:
ARTÍCULO 1° - Apruébase el procedimiento y determínase la documentación e información a presentar en todos aquellos casos que, con motivo de una solicitud de importación temporal de bienes de capital, se requiera el análisis de su incidencia en la actividad económica sectorial en los términos que se establece en el inciso b) del Artículo 252 del Código Aduanero aprobado por Ley 24.415, que como Anexos I y II forman parte integrante de la presente resolución.
En sus gestiones FAIGA propuso:
… debe tenerse en cuenta la actividad económica del sector al cual se incorpora el bien de capital, que justifique el empleo del régimen de destinación suspensiva de importación temporaria en orden a lo que establece el artículo 252 inciso b del código aduanero…
Resolución de la Secretaría de Industria 1/15 sobre Importación Temporal de Bienes de Capital
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