21/04/2014
AFIP - Registro de sujetos vinculados y régimen de información de operaciones en el mercado interno
La resolución general 3572 crea el “Registro de Sujetos Vinculados” y un régimen de información mensual de operaciones efectuadas en el mercado interno.
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Se deben inscribir en el citado Registro los contribuyentes y/o responsables residentes en el país que sean sociedades de capital, sociedades constituidas en el país, empresas unipersonales y fideicomisos que posean vinculación con cualquier sujeto constituido, domiciliado, radicado o ubicado en la República Argentina o en el exterior. El régimen de información de operaciones debe ser cumplido por los sujetos obligados a inscribirse en el registro, respecto de las operaciones que realicen en el mercado interno con cualquier sujeto constituido, |
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domiciliado, radicado o ubicado en la República Argentina con los que se configure alguno de los supuestos de vinculación establecidos en la citada norma. • Los sujetos inscriptos en jurisdicción de la Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales tienen plazo hasta el día 1 de abril de 2014 para inscribirse en el Registro y cumplir con la información de los meses de enero y febrero de 2014, y los demás responsables tienen plazo hasta el día 1 de julio de 2014 para inscribirse en el Registro y cumplir con la información de los meses de enero a mayo de 2014. |