27/12/2016
CABA – Feria administrativa en el ámbito fiscal
La Resolución 591/2016 de AGIP – Administración Gubernamental de Ingresos Públicos fija el período de feria administrativa correspondiente a la primera quincena de enero de 2017 entre los días 2 y 13 de enero de 2017, ambos inclusive.
RESOLUCIÓN (AGIP - CABA) 591/2016
Procedimiento. Feria administrativa. Año fiscal 2017
Se fija el período de feria administrativa correspondiente a la primera quincena de enero de 2017 entre los días 2 y 13 de enero de 2017, ambos inclusive.
VISTO:
EL CÓDIGO FISCAL (T.O. 2016), LA RESOLUCIÓN N° 59/DGR/2006 (BOCBA N° 2361) Y LOS PLAZOS ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDOS PARA LOS PROCEDIMIENTOS VIGENTES ANTE ESTA ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS VINCULADOS CON LA DETERMINACIÓN, FISCALIZACIÓN Y PERCEPCIÓN DE LOS TRIBUTOS A SU CARGO Y LA APLICACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES MATERIALES Y FORMALES RELACIONADAS CON LOS MISMOS, Y
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento para la Justicia Nacional, el Reglamento General de Organización y Funcionamiento del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Reglamento del Tribunal Superior de Justicia disponen la suspensión de la actividad judicial en el ámbito de sus respectivas competencias, con excepción de aquellos asuntos que por su naturaleza no admitan demora, durante el mes de enero y dos semanas en el invierno de cada año;
Que diversas entidades de profesionales, cuyos miembros actúan en representación de contribuyentes y responsables ante esta Jurisdicción, han solicitado a esta Administración Gubernamental la adopción de medidas ordenatorias tendientes a la suspensión de los plazos administrativos fijados para los procedimientos desarrollados ante este Organismo durante los períodos de feria judicial;
Que por Resolución N° 59/DGR/2006 se establece que en el ámbito de la Dirección General de Rentas no se computan respecto de los plazos procedimentales, los días hábiles comprendidos en la primera quincena de enero de cada año y la primera semana correspondiente a la feria judicial de invierno que establezca para cada año el Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°, inciso a), de la citada Resolución se hace necesario precisar los días incluidos en dicho período.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
Art. 1 - Fíjase el período previsto en el artículo 1, inciso a), de la resolución (DGR) 59/2006 entre los días 2 y 13 de enero de 2017, ambas fechas inclusive.
Art. 2 - Quedan excluidos de la presente resolución los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en la ley nacional 24769 y sus modificatorias.
Art. 3 - La presente resolución regirá a partir del día 2 de enero de 2017.
Art. 4 - De forma.
Vigencia: 23/12/2016
Aplicación: a partir del 2/1/2017 hasta el 13/1/2017