11/09/2016

¿Cómo actuar en caso de una intimación por el seguro ambiental?

La Unión Industrial Argentina recomienda a los establecimientos industriales cómo actuar en caso de ser intimados por la Unidad de Evaluación de Riesgos Ambientales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable - UERA- u otro organismo competente en materia ambiental.

En virtud de continuar promoviendo el cuidado del medio ambiente en conjunto con el desarrollo sustentable del sector industrial y, en función de lo previsto por la Ley N° 25675, la entidad considera necesario contar con una oferta amplia de herramientas que posean una cobertura suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición de daños que se adapte a la diversidad industrial. Pero la oferta de estos instrumentos deben ser a precios competitivos, en un mercado transparente y que no afecte la competitividad de la industria.
 
Durante la apertura del I Seminario de Seguro, Control y Monitoreo Ambiental, realizado el pasado 8 de junio, y ante la presencia de numerosos referentes de la industria, de las compañías aseguradoras y autoridades ambientales de diferentes jurisdicciones, autoridades del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, dieron a conocer las modificaciones que llevarían a cabo respecto a la obligación de contratar el seguro ambiental a todos los sujetos obligados por el art. 22 de la Ley 25.675. Particularmente, el Ministro Lic. Sergio Bergman señaló: "Debemos asegurar dos parámetros: terminar con los monopolios, que se transforman en prácticas que no debemos aceptar ni asumir; y dejar de utilizar la palabra 'seguro' como sinónimo de tasa cautiva, para regular con claridad, previsión y de manera proactiva cómo hacemos para que el sentido de los seguros ambientales cumpla con su cometido".
           
En consecuencia, las medidas adoptadas fueron las Resoluciones N° 192/16, 206/16 y 256/16, que a criterio de los equipos técnicos de la entidad, tal como le  fue expresado a las autoridades del Ministerio, no dieron solución al conflicto que existe en relación al asunto que nos ocupa, y establece un régimen que prácticamente no presenta cambios con respecto a la situación anterior.
 
Por tanto, de ser intimado por la Unidad de Evaluación de Riesgos Ambientales del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable - UERA- u otro organismo competente en materia ambiental, se recomienda responder por escrito que: “no hay disponible en el mercado ninguna póliza de caución vigente que cumpla con los requisitos de la Resolución 256/16 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable”. Asimismo, y de disponer de alguna póliza con cláusula ambiental o sublimite específico, ofrecerla como alternativa en tanto no haya una oferta amplia.
 
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